Probablemente en tus clases de Derecho has leído acerca del famoso IUS POSTULANDI, el cual se entrega en las escuelas de Derecho cuando los estudiantes han aprobado todas sus asignaturas de segundo año y se encuentran con matrícula vigente en dicha institución, hay algunas que incluso realizan ceremonias de entrega para sus estudiantes.
El IUS POSTULANDI, lo traducimos como aquella facultad para comparecer representando a otra persona y realizar peticiones en juicio, encuentra sus normas en la Ley N° 18.120 y en su artículo N°2 se menciona de forma escueta señalando que pueden ser estudiantes inscritos en tercero, cuarto o quinto de las Escuelas de Derecho, o egresados de esas mismas escuelas hasta tres años después de haber rendido sus últimos exámenes.
Ojo que el IUS POSTULANDI no opera por el solo ministerio de la Ley, es decir, no por estar matriculado en tercer año de Derecho puedo hacer uso del, sino que se debe pedir y tramitar como cualquier certificado en tu universidad, y se debe ir renovando según el plazo de caducidad que se establezca.
Pero en la práctica, ¿para qué sirve esta facultad de representar a otra persona y realizar peticiones en un juicio a su nombre? ¿podré realizar alegatos orales como Harvey Specter y los abogados de SUITS? La verdad es que no, el IUS POSTULANDI, se limita a ciertas actuaciones, por ejemplo ser apoderado en algunas causas, un abogado/a puede delegar poder a un estudiante con IUS POSTULANDI para tramitar causas, en ciertas materias.
Lo más común para hacer uso del IUS POSTULANDI, es en aquellas causas civiles que nos delega un abogado/a y que además nos encarga tareas como redactar y subir escritos; o comparecer en un comparendo civil, por ejemplo a una audiencia de conciliación, Te dejamos tres ejemplos en materia civil.
1) Subir un escrito para dar cumplimiento a alguna resolución que el tribunal ordena.
2) Subir escrito y solicitar que se pronuncie el Registro civil en una causa voluntaria por cambio de nombre.
3) Asistir a una audiencia de conciliación y manifestar la opinión del representado/a respecto a arribar a acuerdo.
¿Necesito el IUS POSTULANDI para tramitar en otras materias? Existen varias materias que puedes tramitar sin el certificado de IUS POSTULANDI, pero eso te lo explicaremos en otro procupost.